martes, 4 de julio de 2017

Las Bibliotecas Populares y su institucionalización.

Compartimos con nuestros vecinos y asociados del Sitio de referencia de CONABIP, el texto de la Ley Nacional de Bibliotecas Populares.

El 7 de Agosto de 1986, durante la recuperación democrática,  se sancionó la Ley Nº 23.351, conocida como la Ley de Bibliotecas Populares. 

En su artículo 2, la misma afirma que "...las bibliotecas populares se constituirán en instituciones activas con amplitud y pluralismo ideológico y tendrán como misión canalizar los esfuerzos de la comunidad tendientes a garantizar el ejercicio del Derecho a la Información, fomentar la Lectura y demás técnicas aptas para la investigación, la consulta y la recreación y promover la creación y difusión de la Cultura y la Educación permanente del Pueblo."
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A la luz de este artículo e intentando en carácter exégeta de alinearnos a su espíritu, todos los días los que formamos parte de nuestra querida institución apelamos a fomentar la Cultura, como también a acrecentar el ejercicio de la lectura. Creemos que las bibliotecas populares son instituciones importantísimas y cumplen un rol fundamental al albergar las inquietudes intelectuales y socioculturales de todos los habitantes de nuestra querida ciudad.

Al llevar la letra de la ley a todos nuestros socios y vecinos, idealizamos con ofrendar los conceptos de Pluralismo, Cultura, Educación y por sobre todo la Democracia.

Texto de la Norma:

http://www.conabip.gob.ar/node/42